¿Vas a crear tu empresa? Te explicamos cómo se constituye una S.A.S. por escritura pública ante notario, los estatutos que se preparan, los tiempos (8 a 10 días hábiles, previo a Cámara de Comercio) y qué reformas exigen escritura.

Crear una empresa formal es el primer paso para operar con seguridad jurídica. La constitución de una sociedad —como una S.A.S. (Sociedad por Acciones Simplificada) o una Ltda.— se estructura mediante estatutos preparados a la medida de los socios.

¿Qué son los estatutos?

Son las “reglas de juego” de la sociedad: objeto social, capital, socios/accionistas, administración, órganos de decisión y demás condiciones. Se redactan según las necesidades reales del negocio, no con una plantilla genérica.

Pasos para constituir tu sociedad

  1. Asesoría y estructura: definimos tipo societario, capital y estatutos a la medida.
  2. Escritura pública de constitución ante notario (cuando aplica) o documento privado según el caso.
  3. Inscripción en la Cámara de Comercio para que la empresa quede legalmente registrada.

El trámite ante notaría suele tomar 8 a 10 días hábiles, previo a la inscripción en la Cámara de Comercio.

¿Qué reformas exigen escritura pública?

No toda reforma va a notaría, pero sí aquellas que por ley o por estatutos exigen la solemnidad de la escritura pública, como:

  • Transformación del tipo societario.
  • Fusiones y escisiones.
  • Disolución anticipada.
  • Aumentos o disminuciones de capital suscrito que afecten la estructura básica fijada en escrituras previas.

Bien constituida desde el inicio

Unos estatutos claros evitan conflictos futuros entre socios y facilitan crecer, vender participaciones o recibir inversión. Te acompañamos en la constitución y en las reformas que tu empresa necesite.

Revisa el detalle en la página de constitución de sociedades.